Definitivamente firme como quedó la sentencia dictada en fecha dieciocho (18) de marzo de dos mil cuatro (2004), por el Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, que condeno al ciudadano CESAR ALBERTO GUERRA BETANCOURT, portador de la cédula de identidad N° 14.688.815, al inicio identificado, a cumplir la pena de nueve (09) años de presidio, así como al cumplimiento de las penas accesorias contempladas en el artículo 13 del Código Penal, por ser autor responsable de la comisión de los delitos de robo agravado, aprovechamiento de cosa proveniente de delito y porte ilícito de arma de fuego, previstos y sancionados en los artículos 460, 472 y 278 del Código Penal venezolano, hechos cometidos en agravio de los ciudadanos TREJO PADILLA FRANCISCO y TREJO FUENTES ZOLANGE, en consecuencia se acuerda su inmediata ejecución según lo decidido en el referido fallo, conforme a lo dispuesto en el artíc.....