Por todo lo anteriormente expuesto, Este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de JOSE FRANCISCO GONZALEZ ROSALES, Venezolano, titular de la cedula V-5.728.357, residenciado en calle 02, manzana E, casa 90, Urb. Ramón J Velásquez, San Juan de Colon, estado Táchira, por la presunta comisión del delito de delito AMENAZAS Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionado en el articulo 16 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, de conformidad con lo señalado en el artículo 318.3, en concordancia con el artículo 108.5 del Código Penal. Notifíquese de la presente decisión y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial, una vez quede firme la presente decisión.
NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
ABG. CLEOPA.....