...PRIMERO: Se declara flagrante la aprehensión del imputado: Monrroy Paredes Ricardo Antonio, titular de la cédula de identidad Nº V-23.695.117, de conformidad el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que la misma es legítima, en concordancia con el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; SEGUNDO: Se Ordena se CONTINÚE LA INVESTIGACIÓN POR EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, contemplado en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal: TERCERO: Se Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano: Monrroy Paredes Ricardo Antonio, titular de la cédula de identidad Nº V-23.695.117, de nacionalidad Venezolana, natural de CARACAS, nacido el día 18/05/1990 hijo de ANTONIO MONRROY (V) y de BELKIS PAREDES (v), de estado civil soltero; grado de instrucción BACHILLER; de profesión u oficio ESCOLTA DE PERSONALIDADES, de 27 años de edad, residenciado en: avenida simón bolívar caracas, avenida la zilsa; casa numero .....