Por los razonamientos expuestos y en aplicación de la doctrina legal antes transcrita, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Protección del Niño y Adolescente y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley CONFIRMA LA DECISIÓN CONSULTADA, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 10 de octubre de 2006, que declaró con lugar y decretó la interdicción definitiva del ciudadano HECTOR LEONARDO VIVAS BECERRA, solicitada por su legítimo hermano WUILIAN VICENTE VIVAS BECERRA, ambos suficientemente identificados al comienzo de la presente decisión.