Primero: Declara con lugar la apelación interpuesta por la parte demandada.
Segundo: Ordena al Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 381 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, el ejecútese de la sentencia dictada por el Juez unipersonal Nº 2, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, de fecha 25 de noviembre de 2002, mediante la cual el padre se compromete en pasar la cantidad de cincuenta mil bolívares ( Bs. 50.000,00), por concepto de pensión de alimentos, igualmente una cuota especial por concepto de estudios y vestidos de los mismos en los meses de septiembre y diciembre.
Tercero: Revoca la decisión dictada por el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de esta Circunscripción Judicial en fecha 13 de mayo de 2004.