este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de AUMENTO DE PENSION DE ALIMENTOS, incoada por la Ciudadana: HELLEN LISBETH LOPINTO CHACON, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-16.541.548, en contra del ciudadano: GERSON MIGUEL TRIANA, titular de la cedula de identidad N° V- 22.672.75.
SEGUNDO: fija equitativamente la suma de CIENTO VEINTE BOLIVARES (Bs. 120,00) mensuales, los cuales podrá el obligado dividir en forma quincenal a razón de SESENTA BS (60,00) cada quincena.
TERCERO: En época de inicio del año escolar, el padre deberá cancelar una cuota extraordinaria y adicional a la pensión mensual, la suma de CIENTO VEINTE BOLIVARES (BS. 120,00), para un total en este mes de DOSCIENTOS CUARENTA BOLIVARES (BS.F.240,oo), para gastos de estudio de su hija.
CUARTO: En el mes de diciembre como.....