Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
UNICO: Declara Sin Lugar la solicitud de Incumplimiento de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana ELEVIC MURILLO ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-12.973.038, domiciliada en Llanitos, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de la niña (omitido por art. 65 LOPNA), contra el ciudadano RANDOLPH JESUS GUERRERO COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.211.430, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira y hábil.-
Regístrese, Publíquese, Déjese copia para el archivo del Tribunal y Notifíquese a las Partes.-
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásim.....