Ahora bien, como se evidencia en autos en el presente juicio, desde el día 30 de Junio de 2011, la parte demandante no ha dado impulso procesal a la notificación dirigida al Procurador General de la República, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCION de la Instancia y extinguido el Proceso en el juicio que por COBRO DE INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE ACCIDENTE LABORAL, a favor del ciudadano HERIG JOHAN GUERRERO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 13.171.696, contra la Sociedad Mercantil BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capita.....