El 8.11.2012, se trasladó y constituyó el Tribunal en un local comercial del Conjunto Residencial Araguaney, Planta Baja, distinguido como LC 2-B, Avenida Bermúdez, Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, previa solicitud de la Abg. BELKIS BARBELLA, apoderada judicial de la parte actora, conjuntamente con los funcionarios auxiliares y policiales, en el sitio se constató que el Tribunal se encontraba constituido de forma inequívoca en el local objeto de la medida, siendo atendidos por ZARIFAH MAMOUN, parte ejecutada, se le notifico de la misión y se realizó el recorrido de rigor observándose varios estantes con distintas mercancías. Se hizo presente NELIDA RIVAS apoderada judicial de la parte demanda. Se les instó a un acuerdo, y ante la imposibilidad de acuerdo, la parte ejecutada por conducto de su abogado se opuso en razón a diferentes infracciones constitucionales. La parte actora-ejecutante, insistió en la practica de la medida. El Tribunal desestimó l.....