Vista la diligencia de fecha 09 de diciembre de 2016, suscrita por el ciudadano CARLOS EDUARDO GALAVIZ MENDOZA, titular de la cédula de identidad No. V-158.689, debidamente asistido por el abogado HERNANDO JOSE DAZA MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 158.689, actuando con el carácter de parte demandante, en la que DESISTE de la presente demanda; este Tribunal da por consumado el acto. Y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte la homologación de ley y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo, se acuerda el desglose solicitado, dejando en su lugar copia certificada, y hágase entrega de los originales a la parte interesada, una vez aporte los respectivos fotostatos. Hecho lo cual, se declara terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
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