Por los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO incoada por la ciudadana ANA MARY BUITRAGO DE RAMIREZ, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.168.227 contra las ciudadanas TERESA BUITRAGO DE PALACIOS venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.247.528 y PAULINA BUITRAGO DE ZAMBRANO, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.168.216. En consecuencia, se declara reconocido el instrumento de fecha 13 de Junio del 2024, consistente en la venta de TODOS los DERECHOS Y ACCIONES, que les asisten sobre las MEJORAS.....