Por todos los razonamientos anteriormente expuestos de hecho y de derecho, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO realizado por la parte demandada ciudadano: LUIS FERNANDO OROZCO GALVIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.463.513 debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JOSE ASDRUBAL PATIÑO CACERES, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 83.901; (Todos debidamente identificados en autos). Procédase como pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, publíquese y expídase copia certificada de la presente decisión a la parte interesada y déjese copia certificada de la misma para e.....