De acuerdo a las consideraciones expuestas este Juzgado QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR el DIVORCIO, con base en el artículo 185-A del Código Civil, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos JHON MAURICIO TORRES MALDONADO Y ELSIDA YORLEI MENDOZA GAMBOA, plenamente identificados, contraído por ante la Registradora Civil de la Parroquia Alberto Adriani, Municipio Fernández Feo, estado Táchira, actualmente Registro Civil, Municipio Fernández Feo del estado Táchira; el día 30 de agosto de 2006, tal y como consta en el Acta de Matrimonio N° 17.
Liquídese la sociedad conyugal existente.
Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENTE FIRME. Ejecútese el citado fallo. De conformidad con lo e.....