DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES por mutuo consentimiento de los cónyuges: ROSALINDA GARCIA PEÑALOZA y JAIMEN IZARRA VIELMA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s V-12.229.886 y V-10.104.453, civilmente hábiles, asistidos por la abogada en ejercicio GLADYS KARELIA RAMIREZ HERNANDEZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 180.783; los cuales se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación.-