...Concluidas las respectivas exposiciones de las partes, el Tribunal observa que no obstante las partes haber celebrado una forma de autocomposición procesal, no es sino el Tribunal comitente el competente para impartir la validez del mismo, ya que éste Tribunal posee solo competencia de manera exclusiva y excluyente para la práctica de medidas preventivas y ejecutivas que sean enviadas (despacho o exhorto), y no para emitir decisiones sobre la validez o no de cualesquiera de las formas de autocomposición procesal que celebren las partes en el proceso. Aclarado lo anterior, el Tribunal SUSPENDE LA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO en virtud de la solicitud efectuada por la representación judicial de la parte actora, en los términos señalados en el cuerpo de la presente acta. Asimismo, en virtud de que la parte ejecutante solicita se remitan las actuaciones al tribunal de la causa, el tribunal proveerá lo conducente por auto separado...