Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Parcialmente Con Lugar la Solicitud de Aumento de Obligación de Manutención formulado por la ciudadana YUSNEIDY DEYANIRA RODRIGUEZ SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-18.790.266, domiciliada en El Hiranzo, Municipio Andrés Cárdenas, Estado Táchira, y hábil, en su carácter de madre del niño (omitido por art. 65 LOPNA), contra el ciudadano SERGIO ALEXANDER FERNANDEZ, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Ciudadanía No.1.092.346.345, domiciliado en El Hiranzo, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Obligación de Manutención para el niño (omitido por art. 65 LOPNA), la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,00) mensuales, la cual de.....