Por las razones expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO CELEBRADO por la parte demandada, ciudadanos HUGO ALEXANDER CONTRERAS SERVITA y RODOLFO CASTELLANOS PATIÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V.-5.646.431 y V.-16.231.457, con domicilio en el Estado Táchira, en su condición de Presidente y Tesorero, representantes de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE TRANSPORTE DE VOLTEOS TÁCHIRA, COOPETRAVOLTA, RIF J.-90021078, asentada bajo el número 151, folios 124 al 127, tomo 22, mediante documento autenticado por ante la Notaria Pública Segunda del Distrito San Cristóbal, de fecha 03 de noviembre de 1975, con domicilio en el Municipio Cárdenas, Estado Táchira, a tal efecto se da por consumado el presente convenimiento y .....