Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución de la Sección de Adolescente del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
Primero: Revisa la medida de privación de libertad impuesta en fecha 17 de Enero de 2.008, por el Juzgado de Primera Instancia en función de Control 2 de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, mediante la cual le impuso al adolescente para el momento del hecho IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA ; actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Occidente; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, tipificado el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos J.Z.G., C.A.G.M., J.J.S.F., A.M.A.G., Y.I.M.D., R.Y.CH.P., J.M-H-A- y M. J.P.B.; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 646 y 647 de la Ley O.....