PRIMERO: CON LUGAR, la Solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención interpuesta por la ciudadana YARCY MARISOL ARELLANO CONTRERAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.085.323, domiciliada en la Aldea Angostura, cerca de la Escuela, Municipio José Maria Vargas del Estado Táchira y hábil, contra el ciudadano JOSÉ MARINO ESCALANTE ROA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-15.085.646, domiciliado en la Cúspide, Aldea los Loros, Municipio Michelena del Estado Táchira y hábil, en beneficio de sus hijos ya mencionados y se fija el Aumento de la Obligación de manutención en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES ( Bs. 400,oo) mensuales, así como un monto adicional por igual monto al establecido como Aumento de Obligación de Manutención, durante los meses de Septiembre y Diciembre de cada año a los fines de cubrir gastos escolares y de fin de año.
SEGUNDO: El obligado deberá cancelar las Obligaciones de Manu.....