DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE el presente escrito presentado por el ciudadano Jaime Ropero Peñaloza, titular de la cedula de identidad N° V.- 9.190.404, inscrito en el IPSA bajo el N° 167.060, actuando en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Comercializadora Internacional los Santuarianos C.A, contra el ciudadano Alexander Daniel Astudillo Suárez en su condición de Presidente de la Empresa del Suroeste (FOSFASUROESTE).