Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN realizada por JAIRO ORLANDO REY GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.219.122, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira y hábil, parte demandada, asistido por la abogado en ejercicio MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ DE SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.104 y por la otra parte la ciudadana MARIA EUGENIA NIÑO MURILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.712.245, parte demandante, asistida por la abogado HELMISAN BEIRUTI ROSALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 79.077 y los ciudadanos MARGARITA GARCIA DE REY, venezolana, mayor edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.885.470 y E.....