Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera ancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del f ;´=do Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana ae Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR LA RECUSACIÓN interpuesta contra, por los abogados JESÚS DAVID PÉREZ MORALES y CONSUELO BARRIOS TREJO, actuando en su carácter de apoderados de la parte demandada, contra el experto designado por la parte demandante, ciudadano JOSÉ LEONARDO GARAVITO REY.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el último aparte del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, se fija el tercer día de despacho siguiente al de hoy, a las nueve y veinte y diez de la mañana, para que la parte demandante, proceda a nombrar un nuevo experto en la presente causa, a los fines de que realice la experticia promovida por ambas partes.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjese.....