Por la motivación que antecede, este Tribunal Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
Primero: SE DECLARA PROCEDENTE la medida cautelar innominada de suspensión de efectos, planteada por el ciudadano PEDRO DANIEL PEÑARANDA ROSO, representado por los Abogados JOSÉ FLORENCIO CAMPOS ALVARADO y JESÚS NEPTALÍ ESCALANTE PÉREZ.
Segundo: SE SUSPENDE LOS EFECTOS del acto administrativo de efectos particulares consistente en el Decreto N° 138/2015, emanado de la Alcaldía del Municipio Guásimos – Palmira, por el cual ordenó la demolición de la pared ubicada en la entrada y salida para El Pantano, ubicada en El Llano, Aldea La Laguna, Municipio Guásimos del estado Táchira; hasta tanto una sentencia definitivamente firme declare procedente el referido acto administrativo.
Notifíquese lo conducente.
Publíquese, regíst.....