DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el aparte primero del artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD a favor del acusado ANGEL IGNACIO BELANDRIA MALDONADO, quien es: venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.644.600, nacido en fecha 12-02-1984, de oficio obrero, y residenciado en el Barrio 23 de Enero, calle 01, casa N° 1-100, San Cristóbal, Estado Táchira, de conformidad con lo previsto en el artículo 256, numerales 3, 4, y 6, y 258 del Código Orgánico Procesal Penal, para lo cual se acuerda asimismo, citar a los fiadores para que ratifiquen su compromiso de cumplir con lo siguiente: a.- Que el imputado no se ausentará de la jurisdicción del tr.....