Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS Al ciudadano: ANGEL RODULFO SANDOVAL NARANJO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.740.734, quien es el conyugue de la ya fallecida y a sus hijas en común; ROSSEL LISSETH SANDOVAL ABELLO Y ANGELICA DARIANA SANDOVAL ABELLO venezolanas mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-24.149.434, V- 25.889.720, como únicos y universales herederos de la fallecida DINAIDA COROMOTO ABELLO MENDOZA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.147.305.
Conforme al Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase .....