EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL DE VIOLENCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve:
PRIMERO: DECLARA LA AMPLIACIÓN DEL RÉGIMEN DE PRESENTACIONES, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano DENNIS ALEXIS LAGOS BELTRÁN, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, titular de la cédula de identidad N° V- 14.180.252; por la comisión de los delitos de AMENAZAS Y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 17 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de Eglee Johana Romero Granados, por el período de un (1) año, que empezara a contabilizarse a partir del día 09 de agosto de 2010, fecha en que se celebro la audiencia.
Seguidamente se le impuso al ciudadano DENNIS ALEXIS LAGOS BELTRÁN, las siguientes obligaciones: 1.- Presentarse una.....