este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, llenos como resultan los requisitos exigidos en los artículos 396 del Código Civil y 734 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del prenombrado ciudadano PABLO EMILIO MERCHAN ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.891.734, domiciliado en La Palmita, sector Agua Dulce, calle principal, casa N° B-15, Municipio Torbes del Estado Táchira. En consecuencia se ordena seguir formalmente el presente proceso de Interdicción, por los tramites del juicio ordinario, en cumplimiento de lo establecido en dichas disposiciones legales, se nombra como TUTOR INTERINO del notado de defecto intelectual PABLO EMILIO MERCHAN ROMERO, a la ciudadana ILSE ESCOLASTICA MALDONADO DE MERCHAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.210.568, en su condición de esposa, a quien se acuerda citar a los fines d.....