CONDENA al ciudadano RAMON CELESTINO TOVAR, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.158.878, natural de Zaraza, nacido en fecha 19-05-72, titular de la Cédula de Identidad N° 12.158.878, soltero, de 36 años de edad, residenciado en el caserío Gamelotal, calle Principal, casa s/n, a dos casas, del local comercial Nestor 300, Municipio Eulalia Buroz del Estado Miranda, hijo de Gisela Antonia Tovar (v) y de Ramón Vásquez (f), a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por ser autor responsable de la comisión del delito de: TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, delito previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, pena que cumplirá en los términos que determine el Tribunal de Ejecución correspondiente