Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Número Cinco del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE:
Primero Por verificarse, en su totalidad, los requisitos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, se califica como Flagrante en la aprehensión de los ciudadanos: RICHARD ANTONIO BRICEÑO HERNANDEZ, de nacionalidad venezolano, nacido en Santa Ana Estado Táchira, nacido el 07junio de 1978, de 26 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. V- 14.042.671, funcionario de la Guardia Nacional Activo, domiciliado en el San Josecito casa 01 calle 5 sector F, Municipio Tórbes, Estado Táchira, hijo de Esperanza Briceño Hernández y no posee padre, BREIMER EDUARDO CARRILLO ALVIAREZ, de nacionalidad venezolano, natural en San Cristóbal Estado Táchira, nacido el 03 de marzo de 1987, de 18 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-1.....