este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA REDIMIDO el lapso de NUEVE (09) MESES, NUEVE (09) DÍAS Y DOCE HORAS de la pena total que cumple el penado de OCHO (08) AÑOS, SIETE (07) MESES, VEINTIDOS (22) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRESIDIO.