De acuerdo a las consideraciones expuestas este JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO, con base a la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de diciembre de 2016, signada con el N° 1070, expediente N° 16-0916, con carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos JUAN OTONIEL TORRES GARCIA y JULEY COROMOTO CAMARGO DE TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.707.368 y V-9.218.087 en su orden, contraído por ante la Prefectura del Municipio Pedro María Morantes, Distrito San Cristóbal, hoy Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, según se evidencia.....