Se deja constancia que la parte actora no se hizo presente por sí ni por medio de apoderado judicial, razón por la cual de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se declara DESISTIDO el presente procedimiento y terminado el proceso. Así se decide. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
Parte Demandada,
El Secretario,