´En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Tres de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACION DE FLAGRANCIA, realizada por la Fiscal (P) Décimo Novena del Ministerio Publico Abogada FRANGGIE CARDENAS, por el hecho ocurrido el día miércoles 11 de junio de 2025, en la aprehensión de los adolescentes Y.J.B.C. y Y.A.C.A. (IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA), supra identificados; por la presunta comisión de los delitos de LESIONES INTENCIONALES LEVISIMAS, previsto en el artículo 417 del Código Penal, por considerar que se encuentran llenos los extremos previstos en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 558 de la Ley Orgánica para la Protección de Niñ.....