Por los razonamientos anteriormente expuestos, el Juez Primero de primera Instancia en función de control de la sección penal de adolescentes del circuito judicial penal del Estado Táchira, impartiendo justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO.- Declara sin lugar, el pedimento de la defensa de obviar la medida cautelar contemplada en el articulo 582, literal "b", de la ley orgánica para la protección del niño y del adolescente del adolescente, que pesa sobre el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA POR EL ARITUCLO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE ).
SEGUNDO.- Mantener la medida cautelar contemplada en el articulo 582, literal "b" de la ley orgánica para la protección del niño y del adolescente, impuesta a (IDENTIDAD OMITIDA POR EL ARITUCLO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE ), por este Tribunal de control, en la oportunidad de celebrar la audiencia de califi.....