Así las cosas, como corolario de lo anterior sobre las motivaciones de hecho y de derecho ya expuestas, al referirse la petición del actuante en su escrito a que sean oídos los testigos, en relación a posesión que ejerce sobre el primero sobre un lote de terreno adjudicado por el Estado Venezolano a través del I.N.T.I. obviamente priva la especialidad por la materia, aún cuando se trate de Jurisdicción Voluntaria o Graciosa, por lo cual se debe tramitar en sede de la Jurisdicción Agraria; resultando forzoso para este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Libertad de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, garantizando la Tutela Judicial Efectiva y el Debido Proceso, dentro de este último a su vez la garantía del Juez Natural, establecidos en su orden en los Artículos 26 y 49 de nuestra Carta Constitucional; el declarar su Incompetencia en razón de la Materia, declinando en consecuencia, ante el Tri.....