En consecuencia, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio de OFERTA REAL DE PAGO, interpuesta por la sociedad mercantil MERCA FACIL AUTOMERCADO C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 05 de diciembre de 2006, bajo el Nº 37, Tomo 27-A, ultima modificación por acta inscrita en ese mismo Registro Mercantil en fecha 23 de agosto de 2018, Nº 19, Tomo 18ARMI, a favor de la ciudadana ANGERLYS KARIELIS USECHE DA SILVS, titular de la cédula de identidad Nº V.-19.776.821
Líbrese oficio a la oficina de Control de Consignaciones de La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los fines de que tramite el cierr.....