En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Número Cuatro del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD POR UNA MENOS GRAVOSA, de las previstas en el artículo 256 ordinales 3º, 4º y 9° en concordancia con el artículo 258, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado JOSÉ AGUSTIN ORTIZ MONSALVE, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 15 de septiembre de 1981, de 24 años de edad, de profesión u oficio mensajero, de estado civil soltero, hijo de Agustín Ortiz (f) y Eloina Monsalve (v) titular de la cedula de identidad N° V-15.988.349, residenciado en el 23 de Enero, Parte Alta, calle 7, bajada del INCE, casa N° 6-36, San Cristóbal, Estado Táchira, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y RESI.....