DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por el ciudadano WILSON CADENA DEPABLOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.540.393 y con domicilio en el Municipio Libertad del Estado Táchira; contra la ciudadana ROSA EDILIA MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.147.808 y domiciliada en el Municipio Libertad del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado, en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenó abrir para tal fin, a partir del mes de marzo de 2013.
TERCERO: En cuanto a los gastos de la temporada decembrina, se fija una cuota extraordinaria, en la cantidad de MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,00), adicional a la cuota ordinaria mensual, en el mes de diciembre.
CUARTO: En cuanto a los gastos de asistencia médica y medicinas, éstos .....