ÚNICO: Se declara SIN LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE NULIDAD que interpusiera el abogado CIRO SANOJA PERDOMO, en su carácter de apoderado judicial de la "GANADERA AGROBARBARA, COMPAÑÍA ANÓNIMA", contra el ACTO ADMINISTRATIVO EMANADO DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (I.N.T.I.) EN EL PUNTO DE CUENTA N° 024 DE LA SESIÓN N° 70-06 DE FECHA 20 DE FEBRERO DE 2006.
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
NOTIFÍQUESE la presente decisión a las partes.
Particípese mediante oficio con copia fotostática certificada de la presente decisión al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, dejándose expresa constancia que la presente participación no interrumpe el transcurso del lapso de apelación respectivo, en virtud de que el presente fallo no va en contra de los intereses de la República.
Publíquese esta decisión en el expediente Nº 1.460, y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civi.....