DECRETA LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA DEL CIUDADANO GERSON HUMBERTO NIÑO COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.565.539 y en aplicación del artículo 397 del Código Civil, el entredicho quedará bajo la tutela, y las disposiciones relativas a éste le sean adaptables a la naturaleza de la interdicción.-