PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación que interpusiera el abogado CARLOS JOSÉ RODRÍGUEZ ROSALES, en su carácter de co-apoderado judicial del ciudadano EDUARDO ANTONIO PEÑALOZA CASTRO, parte demandada, contra la sentencia dictada el 16 de mayo de 2011 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda por INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana NORA VIRGINIA USECHE CARRILLO contra el ciudadano EDUARDO ANTONIO PEÑALOZA CASTRO.
TERCERO: Se CONDENA al ciudadano EDUARDO ANTONIO PEÑALOZA CASTRO, titular de la cédula de identidad N° V-13.149.911, al pago de la suma de CATORCE MIL BOLÍVARES (Bs. 14.000,00) por concepto de pensiones de la obligación de manutención insolutas desde enero de 2009 hasta el mes de mayo de 2011, DENTRO DE LOS OCHO (8) DÍAS SIGUIENTES a que haya quedado firme la present.....