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DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
Primero: Declara admisible el recurso de apelación signado con la nomenclatura 1-As-SP21-R-2025-000045, interpuesto en fecha cinco (05) de Marzo del año 2025 -según sello húmedo de alguacilazgo-, por las abogadas María Alejandra Niño y María Gabriela Viana Miranda, quienes actúan con el carácter Fiscales Auxiliar (E) y Auxiliar de la Fiscalía Vigésima Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, respectivamente, ejercido contra la decisión dictada en virtud de la celebración de la audiencia preliminar en fecha veinticuatro (24) de Febrero del año 2025, y publicada su resolución en fecha veintiséis (26) de Febrero del año 2025, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito .....