PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 2 de junio de 2008 por la abogada OFELIA SCROCHI DE CALDERÓN, en su condición de co-apoderada judicial de los ciudadanos JOSÉ HERNAN MORET SÁNCHEZ y ANA MERCEDES ARIAS DE MORET, contra la sentencia dictada el 5 de mayo de 2008 por la Jueza Unipersonal N° 5 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se ANULA la sentencia apelada dictada el 5 de mayo de 2008 por la Jueza Unipersonal N° 5 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
TERCERO: Se REPONE la causa al estado en que se hallaba para el día 25 de septiembre de 2007, a fin de que la Jueza Unipersonal de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira a quien corresponda, dicte auto, pronunciándose admitiendo o negando.....