Primero: Decreta el Ejecútese de la sanción impuesta, en fecha 12 de Agosto de 2011, por el Juzgado de Primera Instancia en función de Control Número Uno de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del estado Táchira; mediante la cual los adolescentes: (OMITIDO POR DISPOSICIÓN LEGAL); quienes fueron sancionados a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de UN (01) AÑO, de conformidad con lo establecido en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, todos por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 del Código Penal; y el adolescente (OMITIDO POR DISPOSICIÓN LEGAL), de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, estado Táchira, nacido en fecha 03-05-1996, de 15 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-26.767.587, hijo de Mery Villate, residenciado en Barrio 23 de Enero, parte baja, casa N° 1-314, al lado de la bodega el coco, estado Tách.....