Vista las pruebas presentadas en fecha 10 de noviembre de 2025, por el ciudadano GERSON JOEL ESCALANTE ESCALANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-18.419.171, asistido por el abogado LEONARDO JOSE SUAREZ AGUILAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 237.834, se acuerda AGREGARLAS al presente expediente; y en cuanto a la de la prueba testimonial promovida SE NIEGA SU ADMISIÓN por cuanto dicha prueba no aporta elementos de convicción para la resolución de la presente incidencia, por lo cual resulta IMPERTINENETE evacuar la misma. ASI SE DECLARA.-