este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Táchira, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA intentada por la ciudadana YOLY NELMART MORENO RUÍZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº V- 10.153.379, en contra de la ciudadana PAULA MARLENE NIETO BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº V- 9.133.765, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, en consecuencia se entiende PERIMIDO EL PROCESO.