...declara el DESISTIMIENTO de la IMPUGNACIÓN a los montos consignados por la demandada, en consecuencia valida la persistencia en el despido, se condena a la demandada a pagar al actor la cantidad de OCHOCIENTOS VEINTE BOLIVARES FUERTES CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.F. 820,58)o su equivalente a OCHOCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 820.574,40), por concepto de diferencia por compensación por transferencia con fundamento en e artículo 666 de la Ley Orgánica del Trabajo. Se ordena a la actora retirar las cantidades consignadas.-
Por la naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas.-