PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de Regulación de Competencia efectuada el 16 de noviembre del 2006 por el abogado FRANKLIN ASDRÚBAL ROA BECERRA con el carácter de apoderado judicial de la parte demanda, en contra de la determinación proferida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta Circunscripción Judicial en fecha 14 de agosto del 2006.
SEGUNDO: Se declara competente en razón de la cuantía para seguir conociendo de la presente causa al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
De conformidad a lo establecido en el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil, ofíciese a los efectos de remitir copia computarizada certificada de la presente decisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Publíquese esta sentencia en el expediente Nº 1534 y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del C.....