PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Vigésimo Sexta del Ministerio Público, contra el adolescente imputado(OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA), ampliamente identificado; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto en el artículo 42 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de la adolescente; (OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA), todo de conformidad con lo previsto en el artículo 578 literal a) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Igualmente, se admitieron las pruebas promovidas por considerarlas, lícitas, pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de los hechos controvertidos a los efectos de un eventual juicio oral y reservado.
SEGUNDO: APRUEBA EL ACUERDO CONCILIATORIO propuesto en la audiencia preliminar por el imputado(OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA), a la víctima la adolescente(OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA), en los siguientes términos: El adolescente (OMITIDO.....