PRIMERO: Declara Procedente la medida cautelar innominada solicitada.
SEGUNDO: Se ordena lo siguiente:
1.- Se ordena a la Alcaldía del municipio San Cristóbal- estado Táchira, la paralización de cualquier trámite administrativo que se encuentre en curso, o abstención de sustanciación del que sea iniciado ante el departamento de Ejidos, Catastro, Ingeniería Municipal, Planificación Urbana, Sindicatura u otra dependencia de la administración pública municipal, que involucre el terreno que constituye objeto de esta acción, ubicado en la avenida principal de pueblo Nuevo, Barrio Unión, identificado con el Nº cívico U-75, al que le fue asignado el Nº Catastral 03 011 028 140.
2.- Prohibición a la Alcaldía del municipio San Cristóbal- estado Táchira de emitir solvencias municipales, certificaciones catastrales, autorización de registro de mejoras, y cualquier otro trámite que involucre el referido inmueble.
3.- Se decreta medida de prohibición de enajenar y gravar sobre las mejoras .....